Antonio Gustavo Gómez es Fiscal General ante la Cámara Federal de Tucumán, Catamarca y Santiago del Estero, en Argentina, y desde ese rol, entre otras causas, se especializa en investigar delitos ambientales. Pero antes de radicarse en el norte, fue durante quince años Fiscal Federal de la provincia patagónica de Chubut. Gómez tiene una larga trayectoria en temas de derecho penal ambiental­ y conversó con InnContext sobre su experiencia en la persecución de delitos ambientales, la legislación existente en Argentina y en América Latina y la importancia del involucramiento de la ciudadanía como querellante para llevar adelante causas penales por este tipo de delitos.

Primera parte

¿Qué es un delito ambiental?

Un delito ambiental es todo hecho de contaminación al medio ambiente por encima de los niveles permitidos por la ley. En Argentina rige la Ley 24.051, que establece límites máximos de tolerancia para la contaminación y considera toda la gama de posibilidades y de actividades que pueden contaminar, y en esas proporciones, si uno las supera, comete un delito ambiental. Es una ley muy escueta pero muy práctica, porque entre las bondades que tiene, es que entiende al delito ambiental como un delito de peligro abstracto. ¿Qué significa que sea de peligro abstracto? Significa que yo no necesito, como fiscal o como víctima, probar daño. Por ejemplo, el hecho de que se esté tirando un contaminante al agua, ya es suficiente para configurar el hecho ilícito. Y otra ventaja que tiene nuestra ley es que hace responsable de los delitos ambientales, no al que comete el delito en los hechos, que podría ser un gerente de planta que levanta una compuerta y contamina un río, como ocurrió en San Juan, en el caso de Jáchal, sino al directorio de la empresa. La ley específicamente dice que los responsables penales de los delitos ambientales son los que conforman el directorio de la empresa. Nosotros en Tucumán, por ejemplo, tenemos procesados por delitos de contaminación ambiental a los directores de muchas empresas, entre ellas, la empresa La Alumbrera, una empresa minera que ya se retiró de Catamarca, pero que hizo una inversión de unos seis mil millones de dólares.

¿Podría contar un poco más en detalle el caso de Minera La Alumbrera?

Este es un caso que se inició en una denuncia que se acercó a la fiscalía de la Cámara, en una nota remitida por el entonces presidente Eduardo Duhalde, realizada por dos ciudadanos santiagueños. Estos dos ciudadanos de Santiago del Estero, dos químicos jubilados, habían recogido muestras de minerales que caían de un tren que pasaba por la provincia y era nada más y nada menos que el famoso tren de Minera La Alumbrera, que llevaba los minerales desde Tucumán hasta el puerto de San Lorenzo, en Santa Fe, y de ahí, en barco al exterior. Estos hombres denunciaban que la empresa minera estaba contrabandeando minerales. Y así se inició la causa. Nosotros empezamos a investigar y mandamos a analizar lo que iba cayendo del tren, ya que una de las maneras de probar ese contrabando era saber qué minerales tiraba en desecho y qué minerales cargaba. Finalmente, probamos la posibilidad del contrabando y sumamos el hecho de contaminación del mineraloducto, que agregó a otras quejas y acciones. Nosotros ya sospechábamos que había contaminación, porque había denuncias de organizaciones ambientalistas muy fuertes que trabajaban estos temas, pero que hacían esto que yo a veces critico: se iban en diagnósticos y quejas públicas, pero sin tomar medidas de acción concretas para enfrentar el ilícito. A mí siempre me preocupó mucho ese aspecto y en varias reuniones que hemos tenido con vecinos de Andalgalá (ciudad de la provincia argentina de Catamarca en donde se encontraba la mina de oro explotada por Minera La Alumbrera) y con organizaciones sociales de distintos lugares, conseguimos que por lo menos tres personas o asociaciones se presentaran como querellantes en la causa penal. Y ser querellantes cambia la realidad. Yo siempre lo explico como un torbellino.

¿A qué se refiere?

Las empresas multinacionales que desean invertir en el país necesitan, en un primer círculo, complicidades de los gobiernos locales, nacionales y provinciales. Si esa complicidad logra ser garantizada, el gobierno provincial y los capitales extranjeros, en un segundo círculo, necesitan de la complicidad judicial, es decir, del apoyo del sistema de administración de justicia para que no los moleste, para que puedan seguir invirtiendo y trayendo dinero. Si eso está garantizado, se desata una especie de remolino que se lleva todos los recursos por esta doble complicidad del sistema. La única manera de cortar eso de modo eficiente es en el sistema de administración de justicia, porque (y este es otro lema que nosotros tenemos) detrás de cada delito ambiental siempre hay un funcionario público corrupto. Y la prueba es que la gran mayoría de los secretarios y los ministros de ambiente de los últimos gobiernos van a ir a un juicio oral o están por ser procesados por delitos y complicidades con la contaminación ambiental. Por esto, un sistema de administración de justicia necesita invariablemente de la militancia ciudadana. Esa militancia ciudadana no tiene que ser únicamente una expresión o un reclamo administrativo en un área donde no va a tener respuesta, justamente por estas complicidades, sino que puede ser canalizada a través del sistema de administración de justicia en el carácter de víctimas. Y en el caso puntual de Minera La Alumbrera, se presentaron como querellantes de la causa penal dos Organizaciones No Gubernamentales, ProEco y Conciencia Solidaria, además de una concejala. Esto demuestra que cualquier legislador en nuestro país puede ser querellante por los delitos de contaminación ambiental.

El impacto de la causa penal ambiental impulsada por gente sencilla es transformador en las posibilidades de protección ambiental.

Mencionó que la militancia ciudadana y el hecho de que el querellante de una causa sea un particular cambia la realidad. ¿Por qué?

Esa es la pregunta clave de todas las charlas que doy. La diferencia está en que cuando vos participás como querellante de una causa penal, disponés de los distintos recursos de apelación, casación, extraordinarios, podés llegar incluso a la Corte Interamericana de Derechos Humanos, como ya ha ocurrido. Pero incluso la experiencia indica que no hace falta llegar tan lejos, porque inmediatamente que la causa traspone el nivel local del área de contaminación, ya desde la Cámara Federal de Casación Penal o de la Corte Suprema de Justicia de la Nación es suficiente para que le revoquen los fallos de sobreseimiento. Ahora bien, ¿por qué se demoró tanto Minera La Alumbrera? Porque hubo jueces que sobreseyeron la causa diciendo que no había delito de contaminación. Pero gracias a esos querellantes y al impulso de la fiscalía de Cámara, la causa llegó a la Cámara de Casación Penal en tres oportunidades, y de hecho uno de los jueces fue destituido, juzgado y condenado por el delito de cohecho, es decir, por recibir coimas. Entonces, todo eso es posible por la participación ciudadana. Participación ciudadana que necesita de capacitación, de apoyo institucional, de abogados que se comprometan gratuitamente con estas situaciones, pero que son fundamentales al momento de resolver los casos de contaminación.

Ya que estamos con el caso de Minera La Alumbrera, algo que sucede con frecuencia en la Argentina y en otros países latinoamericanos es que las empresas extractivas suelen pertenecer a capitales extranjeros. ¿Cómo se procede en estos casos?

Habitualmente, las empresas extranjeras invierten para formar una segunda sociedad. Minera La Alumbrera, por ejemplo, no es una empresa propiamente extranjera, el 49% de las acciones y muy buena parte del directorio son nacionales. Está la Universidad Nacional de Tucumán, el Gobierno de Catamarca, entre otros. Esa integración se da en casi todas las empresas, es decir, hay una suerte de nuevo directorio argentino que a veces tiene una integración, como en el caso de Minera La Alumbrera, de extranjeros, que también son citados a prestar declaración indagatoria y se los procesa cuando corresponde. Pero la mayoría de los hechos de contaminación ambiental que nosotros tenemos son llevados a cabo por empresas argentinas, de capitales de formación extranjeros, sí, pero básicamente argentinas.

Está clara la importancia de la participación ciudadana como promotora de las causas penales por delitos ambientales. Sin embargo, tomando nuevamente el caso de Minera La Alumbrera, a pesar de que se pueda llegar a resultados favorables, estas causas pueden prolongarse durante años en los que las empresas siguen ejerciendo su actividad y contaminando el ambiente. ¿Es este un factor que desalienta a la ciudadanía a involucrarse en causas judiciales? ¿Cómo evitar que la empresa siga contaminando mientras la causa está en curso?

Es un factor importante junto con el factor miedo. Básicamente, la cantidad de años que demora una causa es la principal razón para desmoralizar a los querellantes. Sin embargo, también las organizaciones sociales de apoyo a esa intención tienen un rol para jugar evitando que la gente se desmoralice, apoyándola para que siga reuniéndose y aportando pruebas. El ciudadano de a pie necesita el objetivo concreto e inmediato al alcance de la mano y eso es parte de lo que nosotros le damos a lo largo de todos estos años, en donde le vamos ofreciendo la posibilidad de que ellos mismos acompañen nuevas pruebas. Y es interesante ver que no se desmoralizan: no dejan de ser querellantes, todo lo contrario, se van sumando más. Y esto provoca que finalmente las empresas se vayan, si es que el negocio no les rinde, como es el caso de Minera La Alumbrera, que ya se fue, y a su vez que haya otras empresas que estén intentando venir, pero que saben que con la experiencia de Minera La Alumbrera, no pueden entrar en la misma situación. Es cierto que estamos demorando muchos años, es el precio que hay que pagar para poder mantener estas empresas fuera, si es que lo conseguimos, pero además también se ve la luz al final del túnel que necesitamos para seguir avanzando. Y esa luz tiene dos perfiles. Por un lado, la satisfacción de que se castiguen delitos ambientales contra empresas multinacionales, que son mucho más difíciles que perseguir que la corrupción en Buenos Aires, para dar una idea. Por otro lado, la ventaja de que en caso de una sentencia o de una probation, las víctimas puedan cobrar una indemnización. Doy otro ejemplo. Hay un ingenio azucarero en Tucumán; el dueño es un señor que se llama Rocchia Ferro que es dueño a su vez de una universidad privada aquí en Tucumán, que se llama San Pablo-T. En su ingenio azucarero había niveles de contaminación muy altos. Lo procesamos, lo llevamos a una causa que terminó en juicio oral y público. Como vio que lo podían condenar y que con eso se le caían muchos negocios (porque la condena no es únicamente una prisión en suspenso si no tiene implicancias económicas) el hombre ofreció una probation, es decir, parar el juicio, someterse a pruebas, no contaminar más y además, ofreció 50 millones de pesos de indemnización a distintas organizaciones y becas para la universidad, donde él también da clases. Incluso se incorporó la carrera de Ingeniería Ambiental. Es decir que el impacto de la causa penal ambiental impulsada, en su origen, por gente sencilla es transformador en las posibilidades de protección ambiental.

Es interesante esta cuestión de que los resultados no solamente son judiciales, sino que se pueden obtener otros resultados incluso antes de la sentencia.

Efectivamente. Otra cosa que hacemos sin que haga falta la sentencia en la etapa procesal, es que una vez que iniciamos las causas penales, informamos a los distintos fondos financieros que sostienen a las empresas. Por ejemplo, en Suiza, cotiza en bolsa una empresa minera importante, entonces nosotros le mandamos una nota a la bolsa de Berna haciéndoles saber que la empresa está siendo investigada en una causa por contaminación ambiental. Y eso hace que la saquen de la lista de empresas que cumplen con los estándares de responsabilidad social, lo que impacta en las cotizaciones, o incluso en sus posibilidades e acceso a créditos blandos, que para estas empresas son muy importantes.

¿Y qué pasa con la cuestión de la reparación del daño? ¿Se puede exigir que las empresas asuman los costos de remediación?

Las propias empresas, no solo las mineras, sino cualquier empresa, por ley están a cargo de los procesos de remediación. Y depende del funcionario público que la cumpla o no. Por lo que te dije antes, el funcionario público suele ser corrupto en estos sistemas, pero cuando ve que el sistema de administración de justicia avanza en esta doble vía, es decir, investigando al contaminador y al que facilita la contaminación, el funcionario va a evitar que se le abra una causa penal por no hacer cumplir la obligación de remediar que tienen las empresas.

El sistema judicial le teme mucho más a la opinión pública que a un empresario o a un político de turno.

Volvamos a la cuestión de la participación ciudadana. Además de los tiempos judiciales, usted mencionó el miedo como un factor que evita que las personas se involucren como querellantes en causas penales por delitos ambientales. ¿Podría profundizar más en este factor?

La manera en que se ejerce el miedo tiene distintas variantes, pero necesariamente necesita de la complicidad de los estados nacionales, provinciales, municipales, aunque judiciales también. Te voy a contar una anécdota que ilustra cómo a veces se producen estas prácticas. Había un grupo de mujeres ciudadanas que vivían en Concepción, en el sur de la provincia de Tucumán, cerca de un ingenio azucarero que les tiraba cenizas encima, producto del proceso de molienda. Estas mujeres estaban tan hartas que un día me llamaron y me invitaron a ver la situación. Fui a comer a la casa de una de las señoras, y al final de las dos horas de almuerzo y charla, nos encontramos con una capa de ceniza terrorífica encima de la mesa. A mí me impactó mucho y les propuse hacer la denuncia penal. Ellas no querían ser querellantes porque sus esposos trabajaban en el ingenio. Y la sola presencia del fiscal en el lugar era una amenaza real de que se quedaran sin trabajo. Pero finalmente hicimos la denuncia penal, tomamos muestras de la ceniza, a pedido mío vino gendarmería, tomó muestras del aire, se comprobó el delito y le presentamos la causa al juez federal en ese momento. Dio la casualidad que el juez federal era amigo del dueño del ingenio. Y este hombre paralizó el expediente. Las mujeres me llamaron desesperadas, diciéndome que los dueños de la empresa habían amenazado con echar a los trabajadores y se habían jactado de ser amigos del juez. Y me llamaron y volvimos a hablar. Los casos de corrupción judicial son muy difíciles de revertir. Pero utilizamos técnicas para eso. Estas mujeres advirtieron que la ceniza era el cuerpo del delito y, por lo tanto, era la prueba fundamental. Así que me dijeron: “doctor, somos veinte mujeres, cada una un día puede viajar hasta Tucumán llevando ceniza”. Se pusieron de acuerdo y empezaron a juntar la ceniza que caía en la casa, en una bolsa de 2 kilos, y se la llevaban al despacho del juez junto con un escrito. El juez le dijo al secretario que tirara eso por el inodoro, pero el secretario, al ser el responsable de preservar el cuerpo del delito, se negó a cumplir esa orden. Así que el juez tuvo, en un mes, cuarenta kilos de ceniza en su oficina. Entonces, citó a una o dos de las mujeres a prestar declaración testimonial. Hay que recordar que el testigo no es un acusado, pero, para amedrentarlas, mandó a la división anti drogas a buscar a las testigos. Y me contaron las vecinas que los oficiales llegaron con los chalecos, cortaron la calle del frente de sus casas y las hicieron salir, las subieron en el asiento de atrás del patrullero, como si fueran narcotraficantes. Pero las mujeres no se amedrentaron. Otra vez recolectaron cuarenta kilos de ceniza. Y finalmente el juez llamó a los empresarios, y según me han contado, las vecinas llegaron a un acuerdo con el ingenio, arreglaron las casas, pintaron, pusieron los filtros, los trabajadores tienen mejores condiciones laborales y se conformó una comisión de vecinas, ingenio y sindicato para mantener un control. Eso vence el miedo. Y mostrarse agresivo, civilizadamente agresivo, ante el sistema de administración de justicia, no solamente vence el miedo propio, sino que genera miedo en el sistema judicial, que le teme mucho más a la opinión pública que a un empresario o a un político de turno.

La entrevista continuará en la próxima entrega de InnContext.

Por Yanina Paula Nemirovsky


El contenido de esta publicación no refleja la posición de la Fundación Avina sobre el tema.